PFAS: Qué son, legislación y su posible prohibición

El interés por la presencia de contaminantes emergentes ha crecido exponencialmente en los últimos años debido al riesgo que pueden suponer para el medio ambiente y la salud humana. Un ejemplo de ello puede ser el foco mediático existente en torno a las sustancias per- y polifluoroalquiladas (PFAS, por sus siglas en inglés) por su potencial toxicidad y posibilidad de bioacumulación.
¿Qué son las PFAS?
Las PFAS son un grupo de más de 10.000 compuestos fluorados de gran estabilidad química y térmica, así como una elevada actividad superficial. Por ello, tienen un amplio uso en aplicaciones industriales y productos de consumo como es el caso de los revestimientos antimanchas, las pinturas y barnices, las espumas para la extinción de incendios y los revestimientos lipofóbicos en envases alimentarios, entre otros. Las principales fuentes de origen surgen de procesos de fluoración y posterior degradación, así como el uso intencional como aditivo para repeler aguas o grasas.
Legislación Europea
A causa de la creciente preocupación sobre estas sustancias han ido apareciendo avances en su regulación. Desde 2009 el sulfonato de perfluorooctano (PFOS) y el ácido perfluorooctanoico (PFOA), así como sus sales y precursores, abarcando más de 500 sustancias, se encuentran recogidas en el Convenio Internacional de Estocolmo para restringir o eliminar su producción y utilización. En la Unión Europea el PFOS lleva más de 10 años en la lista del Reglamento 2019/1021 de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). En los últimos años, se han incluido otras PFAS en este listado como el Ácido perfluorohexano sulfónico, sus sales y compuestos afines (PFHxS).
Dentro de las restricciones del Reglamento REACH también se encuentran los ácidos carboxílicos perfluorados de cadenas entre 9 y 14 carbonos, y algunos países han propuesto restricciones adicionales, como es el caso de la presentada por Alemania, para el ácido undecafluorohexanoico (PFHxA), sus sales y sustancias afines.
Contaminación por PFAS en el agua potable
En cuanto a la gestión de agua, la nueva Directiva de Agua Potable (Directiva 2020/2184) de la Unión Europea, adoptada en diciembre de 2020, incluye disposiciones específicas para abordar la contaminación por PFAS en el agua potable. Esta normativa establece límites y medidas más estrictas para garantizar que el agua potable sea segura y de alta calidad en toda la UE. Establece un límite de 0,5 μg/l para el total de PFAS como grupo y un límite de 0,1 μg/l para la suma de las PFAS individuales más relevantes. Los Estados miembros están por tanto obligados a monitorizar la presencia de estas sustancias en los sistemas de aguas potable implementando medidas correctivas en caso de que detectar valores superiores a los establecidos. Los Estados Miembros tienen hasta enero de 2026 para cumplir plenamente con las disposiciones de la directiva.
Legislación Estadounidense de las PFAS
En los Estados Unidos, la regulación de las PFAS ha avanzado significativamente en los últimos años, con medidas a nivel federal y estatal para abordar los riesgos que puede suponer la presencia de estas sustancias en el medio ambiente. A finales de 2021 la Environmental Protection Agency (EPA, por sus siglas en inglés) anunció el “Mapa estratégico sobre PFAS”, una estrategia que se enfoca en tres directrices: investigar, restringir y remediar mediante la investigación y desarrollo de alternativas más seguras. Hasta ahora se ha conseguido fijar niveles máximos del orden de partes por trillón (ng/L) para 5 PFAS (PFOA, PFOS, PFHxS, PFNA y HFPO-DA) en aguas a aplicar a partir de 2027.
En lo que respecta a envases la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés), anunció un acuerdo con ciertos fabricantes para eliminar voluntariamente los PFAS de envases de alimentos en un plazo de 3 a 5 años.
Futuro de los PFAS
Si bien en los próximos años se espera la inclusión de más PFAS en la Lista de sustancias candidatas extremadamente preocupantes (SVHC, por sus siglas en inglés) el mayor avance a nivel legislativo en la Unión Europea se espera tras la presentación a la ECHA en 2023 por parte de cinco países europeos (Dinamarca, Alemania, Países Bajos, Noruega y Suecia) de una propuesta integral para restringir los PFAS. La medida busca prohibir su fabricación, uso y comercialización en la UE, con excepciones temporales para usos esenciales sin alternativas viables, promoviendo además sustitutos más seguros. Tras su presentación, se abrió una consulta pública en marzo de 2023, y los comités de la ECHA emitirán sus dictámenes en 2025. Si se adopta, la restricción podría entrar en vigor en los próximos años, reduciendo significativamente la contaminación por PFAS, aunque supondrá retos técnicos y económicos para las industrias afectadas.
En lo que respecta a envases, la futura entrada en vigor en 2026 del Reglamento Europeo de Envases supondrá la prohibición de productos con PFAS añadidos intencionadamente.
Estudios recientes indican que las sustancias analizadas representan un porcentaje pequeño del total de PFAS presentes en las muestras. Por tanto, es crucial seguir trabajando en métodos dirigidos para detectar y cuantificar PFAS conocidas o esperadas, así como métodos no orientados para tratar de identificar las PFAS desconocidas. En este sentido, en AIMPLAS estamos trabajando en la validación de metodologías para la medición de PFAS que incluyen una determinación preliminar de flúor orgánico total junto con ensayos dirigidos realizados mediante técnicas cromatográficas de alta resolución.
Alejandro Ramírez Torres – Consumer & Environmental Health & Safety Cluster