Impuesto al Plástico
Ayudamos a las empresas gestionar y cumplir con el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
A partir del 1 de enero de 2023, entró en vigor en España el Impuesto Especial sobre Envases de Plástico No Reutilizables. Esta medida fiscal se introdujo en el marco de la transición ecológica y la economía circular a través de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados, buscando reducir la generación de residuos plásticos y fomentar el reciclaje.
A continuación, respondemos algunas preguntas clave sobre este impuesto.
¿Qué es el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables?
Es un tributo de naturaleza indirecta que grava la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases que contengan plástico y que no sean reutilizables. Su finalidad es incentivar el uso de materiales más sostenibles y reducir la contaminación derivada del plástico.
¿A qué productos aplica?
Este impuesto se aplica a:
- Envases no reutilizables que contengan plástico.
- Productos plásticos semielaborados destinados a la fabricación de envases, como preformas o láminas de termoplástico.
- Productos plásticos que permitan el cierre, comercialización o presentación de envases no reutilizables.
¿Qué empresas están afectadas?
Deben pagar este impuesto las empresas que:
- Fabrican envases de plástico no reutilizables en España.
- Importan estos productos desde fuera de la Unión Europea.
- Adquieren estos envases desde otros países de la UE.
¿Cómo se regula el impuesto al plástico?
El 28 de diciembre de 2022, se aprobó la Orden HFP/1314/2022, que establece los modelos de autoliquidación y devolución del impuesto. Además, regula aspectos clave como:
- Inscripción en el Registro territorial.
- Obligación de llevar contabilidad específica.
- Presentación del libro de registro de existencias.
¿Cuál es la base imponible y el tipo impositivo?
La base imponible está constituida por la cantidad de plástico no reciclado contenida en los productos gravados. El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado.
¿Existen excepciones?
Sí, algunos productos quedan no sujetos al impuesto o exentos, como:
- Envases de plástico destinados a medicamentos, productos sanitarios y alimentos para usos médicos especiales.
- Pequeñas importaciones o adquisiciones intracomunitarias con menos de 5 kg de plástico no reciclado.
- Pinturas, tintas, lacas y adhesivos diseñados para formar parte de los envases.
¿Cuál es el objetivo de este impuesto?
Este tributo persigue:
- Reducir la cantidad de plásticos de un solo uso.
- Fomentar la producción y uso de plásticos reciclados.
- Promover una economía circular más sostenible.
En conclusión, este impuesto forma parte de un conjunto de medidas dirigidas a disminuir el impacto ambiental de los residuos plásticos. Las empresas deben asegurarse de cumplir con esta normativa, lo que, a largo plazo, fomentará alternativas más ecológicas y sostenibles.
Desde AIMPLAS ayudamos a las empresas afectadas a entender, gestionar y cumplir con el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables para asegurar que el cumplimiento con los registros, autoliquidaciones y todas las obligaciones fiscales relacionadas con este tributo y evitar sanciones.
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